DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION
Secretaría de Asuntos Docentes 2 | La Matanza Niveles y Modalidades: Educación Secundaria, Educación Secundaria Técnica, Educación Superior, Formación Profesional.
Educación Física, Educación Artística, Psicologia y Educación
Especial.-
ABANDONO DE CARGO
GUIA DE TRAMITE para
ABANDONO DE CARGO, Art. 125 del Estatuto Docente y
su Reglamentación. (Titulares)
- Consideraciones generales para la remisión de las
actuaciones administrativas.
- Trámite específico para orientación de Directivos
/Secretarios.
La elaboración del informe que firmará el/la
Director/a del establecimiento con respecto al
procedimiento de presunto abandono de cargo debería
contener:
a) La intimación realizada por medio fehaciente por
cédula al domicilio, telegrama colacionado, carta
documento, carta certificada con imposición de
copias o por cualquier otro medio que permita tener
constancia de la recepción, de la fecha y de la
identidad del acto notificado.
El texto del emplazamiento debe ser “Intímole
término de dos días hábiles retome su puesto de
(detallar qué debe retomar) ……………….……………. y presente
nota de descargo debidamente fundada, bajo
apercibimiento de cese por abandono de cargo” y
dirigido al último domicilio declarado, conforme al
art. 6 inc. i de la Ley 10579.
b) Deberá agregarse la constancia de entrega:
Si es telegrama, deberá contener la identificación y
firma del oficial de correo interviniente.
Si el telegrama que le fuera remitido a la/el
docente no le fue entregado por constar “domicilio
cerrado” o “mudose”, corresponde nueva intimación
mediante cédula de notificación en los términos del
Art. 161 de la Ley 10579 y su reglamentación.
c) Con el resultado de dicho procedimiento, se
labrará el acta correspondiente (de comparecencia o
no) conforme al Art. 125.9 de dicha normativa.
d) Toda documentación agregada por la Directora del
servicio deberá constar indefectiblemente en piezas
originales o copias debidamente certificadas a los
efectos de su validez jurídica, caso contrario y
previa tramitación del expediente en cuestión deberá
tomar nueva intervención para su cumplimiento.
e) Deberá remitirse a la Secretaría de Asuntos
Docentes.
f) Todo trámite recibido por la SAD será girado para
su caratulación por el DEPTO. MESA GENERAL DE
ENTRADAS Y SALIDAS y posterior pase a intervención
de la Subsecretaría de Educación detallando a modo
de resumen el nombre del docente a que se refiere el
trámite cual es el cargo titular en el que se
encuentra en presunto abandono de cargo o de cuantas
horas cátedra o módulos se trata, especificando el
año y división.
Se verificará la agregación de las constancias
documentales que lo avalen.
DIRECCION LEGAL Y TECNICA, La Plata, 6 de julio de
2005.-