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DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Secretaría de Asuntos Docentes I | La Matanza
Niveles: Educación Inicial y Educación Primaria Básica.-
Modalidad: Educación Especial, Adultos, Psicología, Educación Física, Artística.-
Licencia por Artículo 114º inc. i. 2. 1 (familiar a cargo)

Comunicado Distrital Nº 169 / 10
· Se recepcionarán en S.A.D. I La Matanza (Av. Illia 2545 1º, San Justo)
· Horario: de 8:30 a 14:30 hs.
· Responsable: Víctor Falcón
· Presentar la planilla correspondiente por triplicado y la documentación detallada en el instructivo.
· Formulario (solicitud de licencia )
· Circular Conjunta.


Artículo 114º inc. i. 2. 1 (Ley 10.579 y Decretos reglamentarios)
Personal titular y provisional, este último mientras dure su situación de revista como tal: cuando el docente tenga a su cargo al cónyuge, cónyuge aparente o a parientes directos, que sufran enfermedad que provoque disminución o impedimento físico y/o psíquico que limite o anule su capacidad para obrar por sí mismo, constituyendo el docente su única compañía , y pudiendo éste probar que por dicha situación no puede prestar sus servicios, se otorgará licencia por cuidado de familiar a cargo, sin goce de haberes, hasta un máximo de dos( 2 ) años en toda la carrera docente.-
Dicha situación deberá ser constatada por asistente social quién además verificará la situación económica del grupo familiar.-
En casos en que las circunstancias lo aconsejen, podrá excepcionalmente concederse ésta licencia, con goce de haberes por el máximo de un ( 1 ) año.
Cuando la licencia se otorgara con sueldo, por un lapso superior a dos ( 2 ) meses, el asistente social  deberá verificar mensualmente el mantenimiento de la causal, que origina la licencia.-
La Subsecretaría de Educación, sobre la base de éste informe aconsejará el otorgamiento de la licencia.-
En dicho dictamen se expedirá en los casos en que se planteen, acerca de la posibilidad de la concesión de la misma en las condiciones de excepción previstas.-